En razón de todos los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE en Derecho la pretensión de cumplimiento contenida en la demanda incoada por la sociedad de comercio que se distingue con la denominación mercantil Bonanzas Tours, C.A. contra el ciudadano Enrique Mancera, ambas partes suficientemente identificada en este fallo.