En razón de todos los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: La confesión ficta del ciudadano Luís Armando Martínez; y en consecuencia, PROCEDENTE en Derecho la demanda de Desalojo incoada en su contra por los ciudadanos Jairo Velasco y Lourdes Guerra de Ballesteros, ambas partes plenamente identificadas en autos.