A través de SENTENCIA INTERLOCUTORIA el Tribunal se declaró INCOMPETENTE POR LA MATERIA para seguir conociendo la presente solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos MARIA MATILDE COLMENARES y HERNAN JOSE JIMENEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros 5.113.948 y 3.988.689, respectivamente; y como consecuencia de ello, DECLINÓ la competencia ante un Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Jurisdicción de la Circunscripción Judicial del área metropolitana de Caracas.