A través de SENTENCIA INTERLOCUTORIA el Tribunal declaró la IMPROCEDENCIA EN DERECHO de sustanciar y tramitar en los términos en que fue peticionada la solicitud de INSPECCIÓN JUDICIAL presentada por la abogada Rossangel Atencio C., inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 79.881, actuando en su propio nombre y representación, en los términos peticionados.