A través de SENTENCIA DEFINITIVA el Tribunal declaró CON LUGAR la solicitud de divorcio realizada por los ciudadanos RUBEN DARIO MONTES DE OCA ALGARA y ALEYDA COROMOTO URBAEZ ROJAS. En consecuencia, se declaró DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos en fecha 1 de Junio de 1979, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Caricuao, anotada bajo el Acta No. 108, del año 1.979, del libro de Matrimonios del Registro Civil respectivo. Se ordenó librar Oficios a la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Caricuao, Municipio Libertador del Distrito Capital y al Registrador Principal del Distrito Capital, anexando copia certificada de la presente sentencia, así como el auto de su ejecución, a los fines de dar cumplimiento al Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil.