En virtud de los razonamientos antes expuestos, este juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la confesión ficta de la parte demandada y como consecuencia de ello declara CON LUGAR la demanda incoada por NICOLAS DE SOCIO ROJAS contra CESAR EVERNEDIS QUINTANA VARGAS y se condena a la parte demandada a lo siguiente:
PRIMERO: A resolver el contrato suscrito sobre el apartamento distinguido con el número y letra 6-D, ubicado en el piso 6 del Edificio Residencias Sarave, situado con frente a la Avenida Principal de la Urbanización Palo Verde, Tercera Etapa, actualmente Avenida Principal de la Urbanización Lomas del Ávila, Jurisdicción del Municipio Petare del Estado Miranda y como consecuencia de ello, deberá entregar el inmueble a la parte actora completamente desocupado.
SEGUNDO: Al pago de la suma de un mil cien bolívares .....