Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda que por COBRO DE BOLIVARES, sigue la ciudadana TAMAIRA DEL CARMEN PARRA ARAQUE, debidamente asistida por el ciudadano ANGEL MANUEL REBOLLEDO, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 46.893, contra la Institución Financiera BANESCO, BANCO UNIVERSAL C.A., todos suficientemente identificados en el texto del presente fallo.
En consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte actora en virtud de haber resultado perdidosa.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente Decisión, conforme a lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dado, firmado y sellado en la S.....