En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: la CONFESION FICTA de la parte demandada, Sociedad Mercantil ESTELA GRILL, C.A., en su carácter de deudora principal y la Ciudadana ESTELA BALANTA, titular de la Cédula de Identidad N° 24.224.344, en su condición de fiadora.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda por Cobro de Bolívares incoada por la Sociedad Mercantil MERCANTIL C.A., BANCO UNIVERSAL, en contra de la Sociedad Mercantil ESTELA GRILL, C.A., en su carácter de deudora principal, y la Ciudadana ESTELA BALANTA, en su carácter de fiadora. En consecuencia, se condena a las demandadas a pagar las siguientes cantidades:
Por concepto del Contrato de Préstamo Nro. 91102407, de fecha 30 de noviembre de 2011:
I) La cantidad de OCHO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES B.....