En fuerza de las anteriores consideraciones, este tribunal, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara sin lugar la demanda de cobro de cláusula penal que han presentado Liliana Brocco de Dobelis y Arnis Dobelis contra Luís Eduardo Lavado Jones, ambas partes arriba identificadas. Hay condena en costas por razón del vencimiento.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia