PRIMERO: SIN LUGAR la demanda que por DESALOJO sigue FULGENCIA CARIAS REYES y OLGA ESTEBAN DE CARIAS en contra MIRNA CHE, ambas partes identificadas en autos.
SEGUNDO: Se condena al demandante al pago de las costas procesales, por haber sido vencido totalmente en la litis, de conformidad con lo previsto en el artículo 247 del Código de Procedimiento Civil.
Habiendo sido dictada la sentencia fuera del lapso legal, será necesaria la notificación de las partes, conforme a lo previsto en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE LA PRESENTE DECISIÓN.