Con las consideraciones de hecho y de derecho arriba indicadas este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley decide lo siguiente:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA intentó SOLEDAD GALLARDO en contra la sociedad de comercio URBANIZACIÓN LA CALIFORNIA, C.A.
SEGUNDO: Se declara extinta las obligaciones de pagarse por las cuotas señaladas en este libelo.
TERCERO: Se condena en costas a la parte demandada por el vencimiento total.
Déjese copia certificada de conformidad con lo preceptuado en el Artículo 248 eiusdem.