DECISION
Atendiendo a todo lo expuesto por éste Tribunal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara VICTOR JOSE GONZALEZ y NORELYS NORMA GONZALEZ CATAMO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-5.882.266 y V-8.224.896, respectivamente, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído por ante Jefatura Civil de la Prefectura del Municipio Boca de Uchire, Distrito Peñalver, Estado Anzoátegui, según se evidencia de acta de matrimonio Nº 15, del año de 1978 del Libro de Registros Civil de Matrimonios llevados por dicho Autoridad Civil.- Así se decide.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno de los solicitantes. Así mismo se acuerda notificar a las autoridades correspondientes a los fines de lo previsto en los artículos 475 y 506 del Código Civil-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, fi.....