DECISION
En fuerza de lo antes expuesto, este Juzgado Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda por RESOLUCION DE CONTRATO, incoada por la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA R.G.M., C.A., contra ANTERO DE FREITAS, ambas partes anteriormente identificados. En consecuencia, se declara RESUELTO el contrato de arrendamiento suscrito entre las partes en fecha 04 de Julio de 1.996, antes identificado, y se condena a la parte demandada a entregar a la parte actora, el siguiente inmueble: "apartamento distinguido con el N° 32, ubicado en el Edificio Residencias Chacao, situado en la Avenida Sucre de la Urbanización Chacao, Jurisdicción del Municipio Chacao del Estado Miranda, y como consecuencia de ello, se condena al demandado a pagar a la parte actora, la cantidad de UN MILLON CIENTO CINCO MIL BOLIVARE.....