DECISION
Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, fundamentado en el Artículo 185-A, solicitada por los ciudadanos ARACELIS RONDON GONZALEZ y JOSE BENDAYAN PONTE, Venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, y titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 5.617.286 y V- 6.821.733, respectivamente; en consecuencia, se Declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, el cual fue contraído entre ellos por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Foráneo "Leoncio Martínez", Distrito Sucre del Estado Miranda, según se evidencia en el Acta de Matrimonio, anotada bajo el N° 197, folios 197, de los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por ante ese Despacho, tal y como consta de la Copia Certificada del Acta de Matrim.....