DECISION
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR las cuestiones previas opuestas, y CON LUGAR la demanda intentada por INVERSIONES SANOLI, C.A. contra GUSTAVO DE JESUS RIOS CARDONA ambas partes identificadas en autos.- En consecuencia de ello, se declara: Primero: Resuelto el contrato de arrendamiento suscrito por las partes en fecha 21/03/2.003.- Segundo: Se condena a la demandada a hacer entrega material, real y física del bien inmueble identificado como: Local comercial distinguido como Mezzanina, situado en el Edificio denominado Sanoli, ubicado en la Avenida Francisco de Miranda, Esquina El Muñeco, Municipio Chacao del Estado Miranda, y a entregarlo a la parte actora, libre de bienes y de personas y en el mismo buen estado de conservación y mantenimiento en.....