Por las razones expuestas, este Juzgado Décimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio, intentada por los ciudadanos ISA HERMINIA ESCALONA RANGEL y JOSE GREGORIO DELGADO LOZANO, ampliamente identificados en autos, fundamentada en el Artículo 185-A, del Código Civil y en consecuencia DISUELTO POR DIVORCIO, el vínculo conyugal que los unía, contraído en fecha 5 de abril de 1991, por ante el Juzgado de Parroquia de las Parroquias Carayaca y Junko de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, según consta en el acta N° 20 de los libros de Matrimonio de fecha 5-04-91, llevados por este Juzgado de Parroquia de las Parroquias Carayaca y el Junko de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas.-
Notifíquese al Juzgado de Parroquia de las Parroquias Carayaca y el Junko de la Circunscripción Judicial del .....