En virtud de los fundamentos anteriormente expuestos, éste JUZGADO DÉCIMO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Se declara la CONFESIÓN FICTA de la parte demandada en la causa, ciudadana GLADYS YOLANDA BARCELO DE ROQUE, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-6.148.888, en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO POR VENCIMIENTO DEL TÉRMINO Y SU PRORROGA LEGAL, incoara en su contra la Sociedad Mercantil ADMINISTRADORA MULTICENTRO, S.R.L.
-SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior se declara CON LUGAR la pretensión que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO POR VENCIMIENTO DEL TÉRMINO Y SU PRORROGA LEGAL, incoara la Sociedad Mercantil ADMINISTRADORA MULTICENTRO, S.R.L en contra de la ciudadana GLADYS YOLANDA BARCELO DE ROQUE, ambas partes plenamente identificadas......