En base a los fundamentos anteriormente expuestos este JUZGADO DECIMO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECIDE:
-PRIMERO: Se DECRETA MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO sobre bienes muebles propiedad de la demandada, Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA B.P.A.L., C.A., hasta cubrir la cantidad de Trescientos Ochenta y e Seis Mil Ochocientos Sesenta y un Bolívares con Ochenta y Un Céntimos (386.861,81 Bs.) que comprende el doble de lo demandado más las costas procesales calculadas prudencialmente por el Tribunal en un 25% sobre la cantidad demandada; discriminado de la siguiente manera: Primero: La suma de Ciento Sesenta y Cuatro Mil Seiscientos Sesenta con Cuarenta y Seis Céntimos (164.662,46 Bs); cantidad que resulta de la sumatoria de todas las facturas aceptadas y reconocidas por la accionada y que comportan el objeto principal de la pretensión; .....