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Decisiones del dia 14/01/2008

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Decimo de Municipio
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP31-V-2007-001738 N° Sentencia : PJ0102008000008 Fecha: 14/01/2008
Procedimiento:
Cumplimiento De Contrato De Arrendamiento Por Venc
Partes:
LEONOR PULGAR HERNÁNDEZ Y HORTENCIA RODRIGUEZ DE TORREALBA CONTRA JAIME HORTÚA HERRERA
Resumen:
-DISPOSITIVO- En virtud de los fundamentos anteriormente expuestos, éste Juzgado Décimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela conforme lo dispone el artículo 253 del texto constitucional y por autoridad de la ley, DECIDE: -PRIMERO: Se declara EXTEMPORANEO POR ANTICIPADO el escrito de contestación a la demanda presentado en el proceso en fecha 19 de Noviembre de 2007, por la representación judicial de la parte demandada, ciudadano Jaime Hortúa Herrera de Mayo de 2.005. -SEGUNDO: De conformidad con lo previsto en los artículos 362 y 887 del Código de Procedimiento Civil, se declara LA CONFESIÓN FICTA de la demandada en el presente juicio que por Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento incoaran las ciudadanas LEONOR PULGAR HERNÁNDEZ y HORTENCIA RODRIGUEZ DE TORREALBA, en sus carácter de apoderadas de la Sucesión de Bernardo Pulgar integrada por las Sucesiones Bernardo.....
Juez/Ponente:
Nelson R. Gutiérrez Cornejo
Organo:
Juzgado Decimo de Municipio
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N° Expediente : AP31-V-2007-002723 N° Sentencia : PJ0102008000007 Fecha: 14/01/2008
Procedimiento:
Nulidad De Testamento
Partes:
LILIAN MARINA RAMOS DE BADILLO CONTRA DAVID OCAMPO
Resumen:
Por otra parte el artículo 70 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece la competencia de los Juzgado de Municipio, dentro de la cual no se atribuye, el conocimiento de acciones en materia de Sucesiones. Asimismo, establece el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil lo siguiente: "... La incompetencia por la materia y por territorio en los casos previstos en la última parte del artículo 47, se declarará aun de oficio, en cualquier estado e instancia del proceso...". Por tanto, con base a las consideraciones antes expuestas; siendo que la competencia por la materia, como ya se expresó, es de absoluto orden público, no susceptible de convalidación y tomando en cuenta las normas y jurisprudencias antes señaladas, es por lo que no queda otra vía para éste Órgano Jurisdiccional, en atención a lo previsto en el articulo 70 del Código de Procedimiento Civil, que plantear CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA por la materia para conocer de la presente acción que por Nulidad de Test.....
Juez/Ponente:
Nelson R. Gutiérrez Cornejo
Organo:
Juzgado Decimo de Municipio
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