Por fuerza de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR LA DEMANDA, de desalojo con fundamento en el literal g del artículo 34 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, incoada por la ciudadana IRIS DUGARTE SENGES contra la sociedad mercantil GRUPO EMPRESARIAL LA SEGURIDAD C.A.