Por fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Undécimo de Municipio, administrando justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE SUBARRENDAMIENTO Y DAÑOS Y PERJUICIOS, instaurada por la sociedad mercantil GONGUANES, C.A contra el ciudadano JOSE OLBER TREJO FLORES, en consecuencia:
PRIMERO: Se declara RESUELTO, en contrato de arrendamiento, celebrado entre las partes en fecha 1 de Marzo de 2010, cuyo objeto es un inmueble constituido por un local comercial, marcado con el Número 1 del Edificio Sucre, situado en la Calle Real de Cútira, Subida Los Frailes con Avenida Sucre, lado Este de la Estación Gato Negro, Catia, Parroquia Sucre del Municipio Libertador del Distrito Capital.
SEGUNDO: Se condena al demandado a entregar a la actora el inmueble identificado en el dispositivo anterior, libre de personas y bienes, en buen estado y sin plazo alguno.
TERCERO: Se condena al demanda.....