este Juzgado administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Rectificación de la Partida de Defunción, la cual se encuentra inserta en los Libros de Registro Civil de Defunciones de la Parroquia Coche, Municipio Libertador del Distrito Capital, bajo el No.- 233, correspondiente al año 2009, consignada al efecto. En consecuencia, donde dice “KATIUSKA”, debe decir: “IRAIMA”. En tal virtud, remítase copia certificada de la solicitud y de la presente decisión mediante oficio al Registro Civil de Defunciones de la Parroquia Coche, Municipio Libertador del Distrito Capital y al Registrador Principal del Distrito Capital, para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil. Elabórense las copias certificadas acordadas, a tenor de lo que establece el artículo 112 ibidem, una vez consten en autos los fotostatos requeridos para su elaboración.