DISPOSITIVA
Por virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Duodécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos ANDRES VICENTI y KARLA ALEXANDRA NAGY PEREZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. 7.682.321 y 12.097.985, respectivamente.-
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ambos fecha 07 de Febrero de 2000, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Candelaria, Municipio Libertador del Distrito Federal (hoy Distrito Capital), anotada bajo el Nº 09, del año 2000.-
TERCERO: Líbrense sendos oficios de participación a las autoridades correspondientes y anéxese copias certificadas de la presente decisión, conforme lo establecen los artículos.....