DISPOSITIVA
Por las argumentaciones precedentemente expuestas, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Conversión de Separación de Cuerpos en Divorcio, presentada por los ciudadanos AMILCAR JOSE APONTE APONTE y MILAGROS DEL VALLE SEIJAS GOMEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad números V- 14.614.406y 11.093.696 respectivamente, y consecuencialmente DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ellos el día 19 de Mayo del año 2006, por ante la Primera Autoridad Civil de la Alcaldía del Municipio Juan Germán Roscio, del Estado Guárico, según acta No. 124.
Líbrense sendos oficios de participación a las autoridades correspondientes y anéxese copias certificadas de la presente decisión, conforme lo establecen los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, previo suministro de los fotostatos respectivos por la parte inter.....