En merito de lo anteriormente expuesto, éste Tribunal Duodécimo de Municipio de esta Circunscripción Judicial, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana e Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de Aclaratoria de la Sentencia Interlocutoria Con Fuerza De Definitiva proferida en fecha 10 de Diciembre de 2.008 que homologo el convenimiento presentado por las partes en fecha 26 de Noviembre de 2.008, y en consecuencia se rectifica la omisión de la sentencia proferida por éste Tribunal en fecha 10 de Diciembre año Dos mil Ocho (2008), en los términos expuestos, ordenando que la misma se tenga como formando parte de un solo cuerpo del fallo aludido, y ASÍ SE DECIDE.
Dada, firmada y sellada en el despacho del Tribunal Duodécimo de Municipio De La Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas a los trece (12) días del mes de Enero del año dos mil Nueve (2009). Años: 198° de la Independencia y 149° de la Federación......