DISPOSITIVA
Por las argumentaciones precedentemente expuestas, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Conversión de Separación de Cuerpos en Divorcio, presentada por los ciudadanos DOUGLAS KOSE ALDANA BECERRA y JOMARY COROMOTO ARCE VELIZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad números V- 6.327.482 y 16.225.927 respectivamente, y consecuencialmente DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ellos el día 04 de octubre del año 2008, bajo el No. 78, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Recreo.
Dada la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.-