En consecuencia, este Juzgado Duodécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento, propuesto por Consultor Jurídico de la parte Oferente en fecha 19/06/2009 y se declara consumado el acto. Asimismo, se acuerda la devolución del Cheque de Gerencia Consignado a los autos el cual reposa en la caja fuerte de este Tribunal.