En consecuencia, DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS de los ciudadanos, JESUS ALBERTO QUINTERO RODRIGUEZ y MAYRA ALEJANDRA CARRILLO GUERRERO, antes identificados, en los términos y condiciones por ellos establecidos, en el escrito de fecha 19/07/2012, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 189 y 190 del Código Civil, en concordancia con el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil.