En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de resolución de contrato de arrendamiento incoada por el ciudadano PEDRO ABELARDO SAN BLAS RODRIGUEZ , en contra del ciudadano ASDRUBAL RAFAEL ROJAS COLMENARES ambas partes suficientemente identificadas en el encabezamiento de esta sentencia, y como consecuencia se declara resuelto el contrato de arrendamiento suscrito entre las partes y se condena a parte demandada a:
1. Hacer Entrega , libre de bienes y de personas, el bien inmueble arrendado , constituido por el local comercial identificado con el N° PB/2, ubicado en la planta baja del edificio Centro Empresarial Las Nieves, calle Miranda, Zona Colonial de Petare, jurisdicción del Municipio Autónomo de Sucre del Estado Miranda
2. En pagar a la parte actora la cantidad de Veinte dos Mil Doscientos Bolívares (Bs. 22.20,oo) ) por concepto de d.....