Los efectos de la inmutabilidad de la cosa juzgada recaída en el presente juicio, como claramente quedó constatado de autos, impide a esta juzgadora descender al análisis de los distintos aspectos denunciados por la demandada que sustentan su petición de nulidad, incluso aquellos que pudieran considerarse violatorios de materias de orden público, ya que en tales, esa inmutabilidad abarca los posibles vicios que se hubieran producido durante el proceso , los cuales solo pueden ser denunciados y hacerse valer a través del recurso de invalidación previsto en el articulo 327 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, siempre y cuando concurra alguna de las expresas causales a que alude ese procedimiento. A esa circunstancia se agrega, que tal y como quedó indicado, la sentencia de autos ya fue ejecutada, y una vez verificada la misma, el tribunal pierde jurisdicción, motivo por el cual, el tribunal no tiene facultad alguna para decretar reposiciones ni para conocer de ninguno otro a.....