IV
DECISIÓN
Por las motivaciones precedentes, este Tribunal Décimo Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente decisión:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda de COBRO DE BOLÍVARES incoada por la Asociación Civil de Propietarios de Galpones y Porciones de Terreno en el Terreno originalmente adquirido por Administradora Galpofinca C.A, denominada Administradora Galpofinca C.A., contra la Sociedad Mercantil Inmobiliaria Gracar C.A.;
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a pagar la cantidad de Ciento Cincuenta y Nueve Mil Seiscientos Treinta y Ocho Bolívares con Treinta y Tres Céntimos (Bs. 159.638,33), correspondientes a las cuotas vencidas de condominio de los meses Agosto, Septiembre, Octubre, Noviembre y Diciembre de 2009, Enero, Febrero, Marzo, Abril, Mayo, Junio, Julio,.....