III
DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO DÉCIMO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN Y DEL PROCEDIMIENTO, en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES (VÍA EJECUTIVA) incoado por la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA BUNGALOW C.A., contra la Sociedad Mercantil INVERSIONES REASYVENCA, C.A., ambas partes identificadas con anterioridad, y se procederá como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
Regístrese, publíquese la presente decisión y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En la ciudad de Caracas, a los diecinueve (19) días del mes de Julio del año do.....