III
DECISIÓN
Por la motivaciones anteriormente expuestas, este JUZGADO DÉCIMO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se declara con lugar la acción de DIVORCIO 185-A, instaurada por los ciudadanos OMAIRA JOSEFINA MARTINEZ de TORO y RICHARD ORLANDO TORO MARCIAL, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio y titulares de la cedulas de identidad Nros. V-4.233.832 y V-6.812.031 respectivamente; y en consecuencia, se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNIA en virtud del matrimonio celebrado en fecha 31 de octubre de 1987, por ante la Primera Autoridad Civil de la Junta Parroquial del Municipio Autónomo Zamora del Estado Miranda, conforme se evidencia en acta de matrimonio, anotada bajo el No. 25 de los Libros de Matrimonios llevados por la referida autoridad civil, .....