III
DECISIÓN
Por las motivaciones precedentes, este JUZGADO DÉCIMO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda que por Extinción de Hipoteca de segundo grado que incoaran los ciudadanos José Domingo Calderón y Elsa Dolores Rivas, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos V-3.038.197 y V-2.122.245, respectivamente, en contra de Umberto Fioretti Palladini y Doménico Fioretti Palladini, de nacionalidad italiana, mayores de edad, constructores, y titulares de las cédulas de identidad Nos 238.746 y 272.857, respectivamente. En consecuencia, se declara EXTINGUIDA la hipoteca de segundo grado que pesa sobre un (01) apartamento distinguido con el número dieciocho (Nº 18) el cual se encuentra ubicado en el octavo (8º) piso del Edificio denominado "Resi.....