-III-
DECISIÓN
Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos MARÍA DEL CARMEN FAJARDO ROMERO y OMAR ENRIQUE PIRELA RIVAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.047.583 y V-4.440.994, respectivamente, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha 29 de agosto de 1979, por ante la Oficina Subalterna de Registro Civil de de la Parroquia Chiquinquirá Municipio Maracaibo del Estado Miranda, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 626, del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevados por dicha Autoridad Civil.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno de los solicitantes. Así mismo se a.....