III
DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Homologada la Transacción celebrada entre los ciudadanos: ANAYDA FRISNEDA y DANIEL PIÑANGO, asistidos por el abogado en ejercicio HARRY KIRMAYER y los ciudadanos: JESUS LIZARRAGA y MARIA ELOISA URRUCHEAGA DE LIZARRAGA, asistidos por el abogado en ejercicio FRANKLIN CAMPERO, todos plenamente identificados anteriormente, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se ordena suspender la medida cautelar de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada en fecha 14 de Febrero de 2013, sobre los derechos de propiedad que le correspondan a los ciudadanos: JESUS MARIA LIZARRAGA BORGES y MARIA ELOISA URRECHEADFA DE LIZARRAGA, sobre el bien inm.....