V
DISPOSITIVO
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y obrando en virtud de la autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la pretensión de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO interpuesta por la sociedad mercantil URBANIZADORA LA TRINIDAD C.A., en contra del ciudadano RAUL MARTINEZ ROMERO, ambas partes identificadas plenamente al inició de este fallo.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte actora en virtud de haber sido totalmente vencida en este juicio, ello conforme lo preceptuado en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-
TERCERO: Notifíquese a las partes respecto de esta decisión, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.
CUARTO: Déjese copia certificada de esta decisión en el copiador de sentencias de.....