A los fines del Tribunal pronunciarse sobre la admisión o no de la presente solicitud observa:
Que en el acta de defunción cuya copia certificada corre inserta a los folios 4 y 5, se señala que el de cujus era de estado civil "divorciado", y por otra parte se solicita se declare a la ciudadana MELQUIADES NEIDA MESONES DURAN, titular de la cédula de identidad Nº 3.230.897, heredera del de cujus, en su condición de viuda del mismo y a tal efecto se consigna copia certificada del acta de matrimonio del de cujus OSCAR GUSTAVO BURGOS Y MELQUIADES NEIDA MESONES DURAN, en tal sentido, vista esta incongruencia, el Tribunal niega la admisión de la presente solicitud y así se decide.
REGÍSTRESE y PUBLIQUESE, la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en Caracas, a los (13) días del mes de diciembre de 2013. Años: 203º y 154º.