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Decisiones del dia 14/04/2009

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Decimo Octavo de Municipio
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP31-V-2007-000599 N° Sentencia : Fecha: 14/04/2009
Procedimiento:
Desalojo
Partes:
DEMANDANTE: JOSE RODRÍGUEZ PAEZ DEMANDADA: XIOMARA JOSEFINA CEDEÑO CRESPO
Resumen:
De acuerdo con los ordinales del articulo en comento, se dan tres modalidades: (1) La perención genérica, ordinaria por mera inactividad o inactividad genérica que es aquella por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto en el procedimiento por las partes; (2) La perención por inactividad citatoria, se produce por incumplimiento del actor de sus obligaciones para que sea practicada la citación del demandado; y por ultimo (3) La perención por reasunción de la litis, que es aquella que se realiza cuando los interesados no hubieren gestionado la continuación de la causa ni dado cumplimiento de las obligaciones que le impone la ley para proseguirla. Es el caso sub iúdice, el Tribunal observa que desde el día 03/04/2.008, fecha en la cual se ordeno la notificación de las partes para que una vez efectuadas estas y su constancia en autos, al quinto 5to día de Despacho siguiente tuviera lugar la contestación de la demanda pero desde esa actuación del Tribunal no se ha real.....
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio
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N° Expediente : AP31-V-2008-002630 N° Sentencia : Fecha: 14/04/2009
Procedimiento:
Cumplimiento De Contrato De Arrendamiento
Partes:
DEMANDANTE: IBEMIR, C.A DEMANDADA: PAULO AMERICO RODRIGUES DE SOUSA
Resumen:
Vista la transacción consignada a los autos por las partes, a los folios (44 y 45) del presente expediente, a los fines de que este Juzgado le imparta la respectiva homologación en los mismos términos, observa previamente: Nuestras leyes sustantivas y adjetivas, en materia de transacción nos dicen: Art. 1.731 "La transacción es un contrato por el cual las partes en recíprocas concesiones, terminan un litigio pendiente o precaven un litigio eventual" Art. 1.718 "Las transacciones tiene entre las partes la misma fuerza que la cosa juzgada" Art. 256 Código de Procedimiento Civil: "Las partes pueden terminar el proceso pendiente mediante la transacción celebrada conforme a las disposiciones de Código Civil. Celebrada la transacción en juicio el Juez la homologará si versare sobre materias sobre las cuales no están prohibidas las transacciones sin lo cual no podrá oponerse a su ejecución" Así las cosas, vista la manifestación de voluntad de las partes y visto asim.....
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio
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