Observando el Tribunal, de los recaudos acompañados al libelo de la demanda, que en fecha 14 de Agosto de 2013, fue publicado un cartel en la prensa notificando de dicha resolución al inquilino, pero no ha transcurrido el lapso para que se ejerzan los recursos de Ley, y para que la Superintendencia Nacional de Arrendamientos de Viviendas, declare definitivamente firme la referida resolución, lo que trae como consecuencia, que se declare INADMISIBLE la acción intentada por ESTHER DEL CARMEN CERVIÑO DE VILLEGAS contra RICARDO JOSE RUIZ MOLINA por DESALOJO.
Publíquese, regístrese y déjese copia de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en Caracas, a los (21) días del mes de Octubre del año 2013. Años 203° y 154º.