declara la CONVERSIÓN en DIVORCIO de la solicitud de separación de cuerpos planteada por los ciudadanos Glenda Carolina Torres Rodríguez y Fermín Augusto Deyan Gutiérrez, debidamente asistidos por la abogada Yerly Torres, a tenor de lo dispuesto en el 3° acápite del artículo 185 del Código Civil y, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, el cual contrajeron por ante el Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, según consta en la partida de matrimonio distinguida con el Nº 35, de fecha 21.07.2005, inserta en el vuelto del folio cincuenta y dos (52), hasta el vuelto del folio cincuenta y tres (53), ambos inclusive, la cual corre inserta en el Libro de Registro Civil de Matrimonios llevado por esa autoridad civil durante el año 2005