declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos José Lamas Vásquez y María Esther Murias Fernández, debidamente asistidos por los abogados Carmen Josefina Miere Blanco y Roberto Antonio Arvelo Hernández, respectivamente, a tenor de lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil y, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, el cual contrajeron en fecha 04.12.1981, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Recreo del Departamento Libertador del Distrito Federal, según consta en la partida de matrimonio distinguida con el Nº 414, inserta en el folio 414 del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevado por esa autoridad civil durante el año 1.981