imparte la HOMOLOGACIÓN a la transacción judicial celebrada en fecha 30.07.2013, entre el ciudadano Antonio Colangelo Rizzo, en su condición de parte actora en la presente causa, debidamente asistido por la abogada Leocarina Márquez Tejada, por una parte y por la otra, el abogado Alfredo Martín del Portillo González, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, ciudadana Morelys Leal Campos, en los mismos términos expuestos por las partes y, en consecuencia, procédase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo previsto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil