En fuerza de los razonamientos anteriormente expuestos, éste JUZGADO VIGÉSIMO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. DECLARA CON LUGAR, la demanda que por DESALOJO sigue ante éste Juzgado la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA FINCAREAL, C.A, contra el ciudadano MANUEL CASTRO BERTOLO, en consecuencia se condena a la parte demandada a:
PRIMERO: La entrega material del inmueble arrendado, constituido por: "El Edificio REX, Nº 38-2, situado entre las esquinas de Teñidero a Chimborazo, Parroquia La Candelaria, Caracas".
SEGUNDO: En pagar, por concepto de indemnización, la cantidad de DIECIOCHO MIL SETENCIENTOS BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs.18.700,00) monto correspondiente a los cánones de arrendamiento insolutos.
TERCERO: Conforme a lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena al pago de las costas a la parte .....