este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho declara a favor de los ciudadanos JULIO CESAR ORTA CASTEJÓN y JESSER ORTA CASTEJON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-15.930.620 y V-19.398.416, respectivamente, ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS DEL DE CUJUS JULIO REMIGIO ORTA MARTÍNEZ, quien en vida era titular de la cédula de identidad Nº V-3.408.183