Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES, intentada por los ciudadanos ALEXANDER JOSÉ RODRIGUEZ CARRILLO Y BLANCA COROMOTO VOLCANES CÁCERES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nos 9.486.209 y 11.048.342 respectivamente, y decretada por este Tribunal, en fecha 12 de agosto de 2010, fundamentada en los artículos 185, 188, 189 y 190 del Código Civil y en consecuencia queda DISUELTO por Divorcio, el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha 20 de septiembre de 2008, ante la Primera Autoridad Civil de El Valle, Municipio Libertador del Distrito Capital.-
Notifíquese a las Autoridades correspondientes.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJE.....