Señalan los solicitantes en su escrito de solicitud de TITULO SUPLETORIO, lo siguiente:
"...hemos poseído en forma pública pacifica e ininterrumpida, unas bienhechurias construidas en un terreno de propiedad Privada, desde hace más de veintisiete (27) años, constituidas por una casa ubicada en el Barrio Nuevo, Las Casitas, calle Principal El Sanjon, casa s/n, Parroquia Petare, jurisdicción del Municipio Sucre del Estado Miranda..."
"...Ahora bien Ciudadano Juez, por cuanto carecemos de título suficiente o bastante de propiedad a nuestro favor sobre las referidas bienhechurias pedimos a usted previa las formalidades de ley, interrogue a los testigos que oportunamente presentaremos sobre los particulares siguientes..."
Asimismo, observa quien aquí sentencia, que según el dicho de una de las dos testigos presentadas, la testigo SALLY JOSEFINA CARVALLO DE ÑAÑEZ, quien dice ser vecina de los solicitantes y conocerlo hace más de 27 años, que: " él ha construido una casa grande de cuatr.....