DISPOSITIVA
Por virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos, DAVID ENRIQUE DUQUE y KEY MAR D´LIMA RAMIREZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de la cédula de identidad Nros. V-11.070.325 y V-13.707.161 respectivamente.-
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, contraído por ambos, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Macarao del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha catorce (14) de marzo de 2002.-
TERCERO: Líbrense sendos oficios de participación a las autoridades correspondientes y anéxese copia certificada de la presente decisión, asimismo líbrense copias certificadas a los solicitantes.-
CUARTO: Dada la.....