En mérito de la anterior exposición este Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara LA CONFESIÓN FICTA DE LA PARTE DEMANDADA Y CON LUGAR, la acción de COBRO DE BOLIVARES intentada por la Asociación Civil MICROFIN, A.C. ENTE DE EJECUCIÒN contra SERVICIOS MEDICOS V.W.L., C.A., JOSE FRANCISCO OCHOA SOLIS y, ARISTIDES AUGUSTO AVILA, ambas partes plenamente identificadas.- En consecuencia, se condena a la parte demandada a pagarle a la actora las siguientes cantidades:
PRIMERO: la suma de Bs.F 65.025,18, por concepto de saldo insoluto de capital del microcrèdito a interès.
SEGUNDO: La suma de Bs.F 15.389,29 por concepto de intereses compensatorios calculados desde el 10 de julio de 2009, hasta el día 30 de junio de 2010, a la tasa del 24% anual, más los intereses que se sigan venciendo hasta que la presente senten.....