PARTE DISPOSITIVA
En mérito a los anteriores razonamientos, este Juzgado VIGÉSIMO SEGUNDO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR LA CUESTION PREVIA OPUESTA POR LA PARTE DEMANDADA, CONTENIDA EN EL ORDINAL 6° DEL ARTÚICULO 346 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL Y SIN LUGAR la acción de RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO intentada por FRANCESCO CUSTODE PORRECA Y GERARDINA MEGARO DE CUSTODE,, en contra de PEDRO ANGEL GARCIA TACHINAMO, ambas partes suficientemente identificadas en el cuerpo de esta decisión.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la decisión.
De conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la notificación de las partes de la presente decisión, por cuanto la misma fue dictada fuera de lapso.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y NOTIFIQUESE.
Dada, firmada y sellada en la.....